SISTEMA COMPLEMENTARIO DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (SICAD)
SUBASTA DE DIVISAS PARA PERSONAS JURÍDICAS
CARACAS, 17 DE MARZO DE 2014
El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), a tenor de lo establecido
en el artículo 20 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Centro
Nacional de Comercio Exterior y de la Corporación Venezolana de Comercio
Exterior, invita a todas las personas jurídicas CON AL MENOS
VEINTICUATRO (24) MESES DE HABER SIDO CONSTITUIDAS, QUE
HAYAN REALIZADO IMPORTACIONES REGULARES DURANTE LOS
ÚLTIMOS DOS (02) AÑOS, y que estén debidamente inscritas en el
“Registro de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de
Divisas (RUSICAD)”, que se indican como Participantes Convocados, a
participar en la subasta de divisas a realizarse en el Sistema Complementario
de Administración de Divisas (SICAD), a través de la BANCA PÚBLICA
UNIVERSAL, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:
DESCRIPCIÓN DE LA SUBASTA:
- Fecha de la convocatoria: 17 de marzo de 2014.
- Monto total de la Subasta: USD 220.000.000
- Monto mínimo por Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio: USD 5.000
- Monto máximo por Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio: 1% del monto total de la subasta (variable para las importaciones realizadas directamente por la Corporación Venezolana de Comercio Exterior CORPOVEX, a través del conglomerado de empresas)
- Múltiplo por Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio: USD 1.000
MARCO LEGAL Y AUTORIZACIONES:
- Artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 20 del Decreto N° 601 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Centro Nacional de Comercio Exterior y de la Corporación Venezolana de Comercio Exterior del 21 de noviembre 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.116 Extraordinario del 29 de noviembre de 2013.
- Artículos 5, 7, numerales 2), 5) y 7), 21, numerales 16) y 17), 34, 122 y 124 de la Ley del Banco Central de Venezuela.
- Convenio Cambiario No 1 del 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.625 de la misma fecha, reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.653 del 19 de marzo de 2003.
- Convenio Cambiario N° 20 de fecha 14 de junio de 2012, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.968 de fecha 19 julio de 2012, reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.002 de fecha 06 de septiembre de 2012.
- Convenio Cambiario N° 22 del 02 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 40.199 de la misma fecha.
- Resolución del Banco Central de Venezuela N° 13-07-01 relativa a las Normas Generales del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.201 de fecha 04 de julio de 2013.
- Circular del Banco Central de Venezuela de fecha 10 de julio de 2013, referida a la documentación que deben presentar las personas naturales y jurídicas a los efectos de su participación en subastas especiales a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), y sus alcancesde fechas 26 de julio y 20 de agosto de 2013.
- Aviso Oficial de fecha 11 de julio de 2013, referido a la tarifa que podrán cobrar las InstitucionesAutorizadas con ocasión de la prestación de servicios inherentes a la colocación de Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio en subastas especiales a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD).
PARTICIPANTES CONVOCADOS:
Constituyen participantes convocados, en función de lo indicado por el Centro
Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), las personas jurídicas CON AL
MENOS VEINTICUATRO (24) MESES DE HABER SIDO CONSTITUIDAS,
QUE HAYAN REALIZADO IMPORTACIONES REGULARES DURANTE LOS
ÚLTIMOS DOS (02) AÑOS, y que estén debidamente inscritas en el “Registro
de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de Divisas
(RUSICAD)”, que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa que
regula el Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD),
domiciliadas en el territorio nacional, que se indican a continuación:
1. Personas jurídicas del sector Aerolíneas Nacionales
1.1. Servicios
1.2. Bienes (A SER ADQUIRIDOS EXCLUSIVAMENTE POR
CORPOVEX A TRAVÉS DE VEXIMCA).
2. Personas jurídicas del sector Marítimo Nacional (BIENES A SER
ADQUIRIDOS EXCLUSIVAMENTE POR CORPOVEX A TRAVÉS DE
VEXIMCA).
3. Personas jurídicas del sector Químico, petroquímico y resinas
plásticas (BIENES A SER ADQUIRIDOS EXCLUSIVAMENTE POR
CORPOVEX A TRAVÉS DE BARIVEN).
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL podrán
cobrar a los clientes que participen en las subastas convocadas a través del
Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), el monto
autorizado por el Directorio del Banco Central de Venezuela por concepto de
tarifa derivada de la prestación de servicios inherentes a la colocación de la
Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio prevista en
el Aviso Oficial emanado de este Instituto el 11 de julio de 2013.
PROCEDIMIENTO PARA LA SUBASTA:
DÍA,
FECHA Y
HORA
|
EVENTO
|
Lunes
17/03/2014
08:30 pm
|
PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
|
Martes
18/03/2014
09:00 am
|
INICIO DEL PERÍODO DE LA SUBASTA
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA
UNIVERSAL, activarán hasta el Vencimiento del Período de la
Subasta el proceso de recepción de las “Órdenes de Compra,
de prestación de servicio, o contrato de servicio”.
INICIO DE REMISIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA, DE
PRESTACIÓN DE SERVICIO, O CONTRATO DE SERVICIO
|
Jueves
20/03/2014
03:30 pm
|
FIN DE RECEPCIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA, DE
PRESTACIÓN DE SERVICIO, O CONTRATO DE SERVICIO
POR LAS INSTITUCIONES AUTORIZADAS DE LA BANCA
PÚBLICA UNIVERSAL
Las personas jurídicas convocadas deberán depositar en su respectiva cuenta en la Institución Autorizada a través de la cual participarán en la Subasta, un monto equivalente al 100% del monto total de su Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio antes de las 03:30 pm del 20 de marzo de 2014. |
Jueves
20/03/2014
05:30 pm
|
VENCIMIENTO DEL PERÍODO DE LA SUBASTA
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL, podrán remitir, enmendar o retirar las Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio en nombre de las personas jurídicas, hasta las 05:30pm. Las Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio que hayan sido recibidas hasta dicha hora y no retiradas, se considerarán definitivas y no será aceptado ningún tipo de ajuste a partir de dicha hora sin excepción y sin extensión. Las Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio que estén sin procesar o sin recibir confirmación en el SICAD a dicha hora quedarán invalidadas, ya que el sistema se cerrará automáticamente. |
Viernes
21/03/2014
6:00 pm
|
ADJUDICACIÓN Y ANUNCIO DE LOS RESULTADOS
Tras el cierre del período de la Subasta, el Centro Nacional de Comercio Exterior asignará los montos de divisas adjudicados. Los resultados se anunciarán ese mismo día y reflejarán: Monto subastado y Monto global adjudicado. |
Lunes
24/03/2014
8:30 am a
2:30 pm
|
LIQUIDACIÓN
El Banco Central de Venezuela, debitará a las Instituciones
Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL de la Cuenta
Única que mantienen en este Instituto, el contravalor en
Bolívares correspondiente al Monto Total de las Divisas
Adjudicadas.
|
TRANSFERENCIA / PAGO DE DIVISAS
Las transferencias de las divisas se efectuará, una vez que las Instituciones
Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL informen al Centro
Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) que ha sido emitido el
conocimiento de embarque, cuando se trate de operaciones a plazo; y
cuando se trate de operaciones a la vista, la transferencia se realizará a
solicitud de la Institución Autorizada de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL,
siempre y cuando ésta verifique fehacientemente y con carácter previo, que
el receptor final de las divisas sea el proveedor que emitió la factura proforma
de la respectiva importación o factura del Servicio.
El Banco Central de Venezuela procederá a transferir a las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL, el monto total de las divisas adjudicadas en la Cuenta Corresponsal en el exterior, y/o en la Cuenta en Moneda Extranjera que mantengan en este Instituto. De no haber la disponibilidad del contravalor en Bolívares por el monto total de las Divisas Adjudicadas, en la fecha de la liquidación, la operación no se ejecutará. |
LAS ÓRDENES DE COMPRA, DE PRESTACIÓN DE SERVICIO, O
CONTRATO DE SERVICIO DEBERÁN INDICAR, ENTRE OTROS
ASPECTOS, LO SIGUIENTE:
- Razón Social del Cliente
- Rif del Cliente
- Monto de la orden
- Postura de Tipo de Cambio Código de Agencia
- Nombre de la Agencia
- Ubicación de la Agencia (Estado) Participante Convocado
- Fecha estimada de arribo de la (s) mercancía (s) y puerto (s) de llegada.
- Fecha estimada de pago de los servicios (Sector Aerolíneas Nacionales).
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL que
presenten formato de transmisión deberán suministrar la siguiente información:
- Nombre de la Institución.
- Nombre de su casa matriz, de haberla.
- Domicilio de la Institución.
- Número de Registro Único de Información Fiscal (RIF).
- Nombre, teléfono, correo electrónico y número de fax de la persona autorizada por la Instituciónpara presentar las órdenes de compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio.
- Nombre, teléfono, correo electrónico y número de fax de la persona responsable de la liquidación de las órdenes de compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio.
- designada por la Institución.
REQUISITOS PREVIOS A LA PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA:
- Las personas jurídicas sólo podrán utilizar una Institución Autorizada de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL cada mes de calendario, debiendo ser cliente de la misma, la cual podrá ser distinta a la seleccionada para las operaciones ante CADIVI.
- Estar previamente inscritos en el Registro de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de Divisas (RUSICAD).
- Suministrar en el portal WEB los datos requeridos que permitan catalogar la actividad económica desarrollada, según sector económico, divisiones, grupos y clases, así como el Estado de Domicilio.
- Elaborar Declaración Jurada.
- Original y Copia de la Cédula de Identidad expedida por la autoridad venezolana, o en su defecto original y copia del documento de nacionalización.
- Original y Copia del RIF vigente y debidamente actualizado o en su defecto los participantes convocados podrán consignar el comprobante digital del mismo.
- Original y Copia del documento constitutivo y estatutario, debidamente registrado.
- Constancia de la última declaración de impuesto sobre la renta y copia de la planilla de pago.
- En caso de estar inscrita en el RUSAD, indicar el número de inscripción de dicho registro.
- No poseer ALD emitidas por CADIVI pendientes por liquidación o que no hayan obtenido divisas por pago de ALD en los 60 días anteriores a la fecha de acto de subasta especial convocada por el Centro Nacional de Comercio Exterior.
- Cuando se trate de operaciones a plazo, la transferencia de divisas adjudicadas se efectuará una vez que las Instituciones Autorizadas
- informen al Centro Nacional de Comercio Exterior que ha sido emitido el conocimiento de embarque, cuando se trate de operaciones a la vista, la transferencia se realizará a solicitud de la Institución Autorizada.
- La(s) factura(s) pro forma de la respectiva importación o del Servicio.
- Las personas jurídicas no podrán solicitar la adjudicación de divisas por más de un sector de cada subasta.
NOTA:
PODRÁN PARTICIPAR EN LA SUBASTA quienes posean
AAD emitidas por CADIVI en los 60 días anteriores a la fecha
de acto de subasta especial convocada por el Centro
Nacional de Comercio Exterior.
REQUISITOS POSTERIORES A LA ADJUDICACIÓN DE LAS DIVISAS:
- Las personas jurídicas que hayan resultado favorecidas de la subasta, obligatoriamente suscribirán el CONTRATO DE FIEL CUMPLIMENTO PARA OPERACIONES CAMBIARIAS, y la respectiva FIANZA DE FIEL CUMPLIMIENTO. El CONTRATO DE FIEL CUMPLIMENTO PARA OPERACIONES CAMBIARIAS será remitido electrónicamente, inmediatamente después de haber recibido el mensaje de Adjudicación de Divisas.
- Las personas jurídicas que hayan resultado favorecidas de la subasta, deberán mantener la documentación que soporta las operaciones a total disposición del Centro Nacional de Comercio Exterior, por al menos un lapso de tres (3) años calendario, contados desde la fecha de la adjudicación.
- Efectuar la Declaración de Cierre de la Importación ante la Institución Autorizada a través de la cual tramitó la solicitud respectiva dentro de los 5 días hábiles bancarios siguientes a la nacionalización de la mercancía o la materialización del Servicio prestado, consignando:
1. En el caso de la importación de bienes:
-
- Factura Comercial definitiva,
-
- Conocimiento de embarque,
-
- Manifiesto de exportación expedido por la autoridad competentedel país de origen de la mercancía,
-
- Documentos de nacionalización de la mercancía.
-
- Acta emitida por la Oficina de Verificación Aduanal de CADIVI.
2. En el caso de la prestación de servicios:
-
- Contrato de Prestación de Servicio
-
- Factura Comercial definitiva
-
- Certificación de Deuda
-
- Acta de conformidad de la prestación del servicio.
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ACEPTACIÓN DE LAS ÓRDENES DE
COMPRA, DE PRESTACIÓN DE SERVICIO, O CONTRATO DE SERVICIO.
Los participantes convocados interesados en adquirir divisas sólo podrán
presentar una (1) Orden deCompra ante cualquier Institución Autorizada de la
BANCA PÚBLICA UNIVERSAL participante. En caso de ser presentada más
de una Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio, no
le serán adjudicadas ninguna de tales múltiples órdenes.
La presentación de una Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato
de servicio no genera en ningún momento derecho de adjudicaciónalguno, en
ninguno de los componentes de la misma.
Es responsabilidad única y exclusiva de la Institución Autorizada de la BANCA
PÚBLICA UNIVERSAL en la cual el participante convocado colocó su Orden
de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio que ésta sea
debida y oportunamente entregada y procesada en el SICAD, en el período
estipulado en esta convocatoria.
Con la presentación de la Orden de Compra, de prestación de servicio, o
contrato de servicio respectivo los participantes convocados autorizan al Banco
Central de Venezuela para que proceda en su nombre y representación a la
enajenación en los mercados internacionales de los títulos valores que le sean
adjudicados, de ser el caso.
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL deberán
informar ampliamente a sus clientes sobre las características yriesgos de la
subasta y las condiciones de precio de la misma.
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL no podrán
rechazar injustificadamente ninguna Orden de Compra, de prestación de
servicio, o contrato de servicio presentada por un cliente, siempre y cuando
cumpla con las condiciones de la subasta y tendrá queemitirle a cada uno de
sus clientes la correspondiente certificación de recepción.
Las Instituciones Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL
responderán de manera directa a cada uno de sus clientes, por
cualquierreclamo o solicitud de información que haga el cliente en relación a su
Orden de Compra, de prestación de servicio, o contrato de servicio antes,
durante y posterior al proceso de adjudicación.
El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) se reserva el derecho a
su sola discreción de rechazar o invalidar cualquier Orden de Compra, de
prestación de servicio, o contrato de servicio sin necesidad de especificar las
razones que motivaron dicha decisión.
Con la colocación de cualquier Orden de Compra, de prestación de servicio, o
contrato de servicio la Institución Autorizada de la BANCA PÚBLICA
UNIVERSAL declara que:
“He suministrado información suficiente a los clientes y manifiesto haberles
entregado constancia de cada Orden de Compra, de prestación de servicio,
o contrato de servicio recibida y de su registro en el libro de órdenes interno.
He puesto a disposición de los clientes la presente Convocatoria, la descripción
del proceso operativo relacionado con la colocación de la Orden de Compra,
de prestación de servicio, o contrato de servicio y las restricciones
descritas en la presente Convocatoria y en la normativa que regula la materia.
He puesto a disposición de los Clientes que represento a través de al menos
dos de los siguientes: (i)medios electrónicos, (ii) facsímiles o (iii) medios
impresos, la información contenida en la presenteConvocatoria.
He puesto a disposición de los Clientes que represento una persona contacto
donde éstos pueden acudira plantear sus dudas y despejar sus inquietudes,
tanto durante el proceso de oferta como posterior alproceso de adjudicación.
He informado a los Clientes los aspectos técnicos y operativos relacionados
con el procesamiento de las Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o
contrato de servicio los cargos financieros relacionados con la colocación de
las mismas, entre otros.
Certifico que los datos suministrados en las Órdenes de Compra, de prestación
de servicio, o contrato de servicio son verdaderos y autorizo al Centro Nacional
de Comercio Exterior para que realice las validaciones, fiscalizaciones y
auditorías, durante el período decolocación o en cualquier momento posterior al
mismo y a la adjudicación, que considere convenientespara verificar su
autenticidad y concordancia con cada uno de los términos y condiciones de la
aceptación de Órdenes de Compra, de prestación de servicio, o contrato de
servicio. Los procesos de auditoría y control se ejecutarán, en cualquier
momento, através de los entes especializados regulatorios en la materia o con
aquellos que el Centro Nacional de Comercio Exterior designe para tal fin”.
ADJUDICACIÓN:
Antes del Anuncio de los Resultados, el Centro Nacional de Comercio Exterior
(CENCOEX) podrá declarar desierto el acto sinnecesidad de especificar las
razones que motivaron dicha decisión. Asimismo, el CENCOEX se reserva el
derecho de realizar nuevas subastas.
La presentación o remisión de Órdenes de Compra, de prestación de servicio,
o contrato de servicio por cualquier Institución Autorizada de la BANCA
PÚBLICA UNIVERSAL no le genera a los participantes convocados ningún
tipo de derecho de adjudicación, antes, durante o después del procesode
colocación, así como tampoco garantía del monto total de divisas a ser
liquidado, el cual queda sujetoa la variación del precio del instrumento
negociado, y hasta por el monto máximo en divisas requerido.
Los resultados de la adjudicación serán publicados por el Centro Nacional de
Comercio Exterior (CENCOEX) a través de los medios que considere
pertinentes.
LIQUIDACIÓN:
El Banco Central de Venezuela debitará de la cuenta única de las Instituciones
Autorizadas de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL correspondientes el valor
equivalente en Bolívares del monto adjudicado de conformidad con los
términos y condición establecidos en el procedimiento para la liquidación que
se publicará en la página Web del Banco Central de Venezuela.
CONSIDERACIONES FINALES:
El Centro Nacional de Comercio Exterior reitera a las Instituciones Autorizadas
de la BANCA PÚBLICA UNIVERSAL y a los Participantes Convocados, que el
incumplimiento de lo previsto en la presente Convocatoria, y demás normativa
que rige su participación en la Subasta convocada a través del Sistema
Complementario de Administración de Divisas(SICAD), dará lugar a la
suspensión temporal o definitiva de dichas Instituciones Autorizadas
paraparticipar en el SICAD, así como a la exclusión de los participantes
convocados del Registro de Usuariosdel Sistema Complementario de
Administración de Divisas (RUSICAD), ello atendiendo a lo previsto en los
artículos 15 y 16 de la Resolución N° 13-07-01, publicada en la Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.201 de fecha 04 de julio de
2013, y sin perjuicio de las demás sanciones que resulten procedentes de
conformidad con lo establecido en la normativa cambiaria.
Asimismo, se ratifica que el Centro Nacional de Comercio Exteriorse
reserva el derecho de efectuar el control posterior sobre el uso o
aplicación de las divisas a los fines para los cuales éstas fueron requeridas
deconformidad con los sectores convocados, pudiendo realizar,
adicionalmente, las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las
Instituciones Autorizadas para operar de acuerdo con lo previsto en
laResolución N° 13-07-01, a los fines de verificar el cumplimiento de los
términos y condiciones dictados poreste Instituto en esta materia, y la certeza
de la información remitida conforme a éstos y losprocedimientos aplicados, en
función de lo establecido en el artículo 14 de la citada Resolución,
enconcordancia con el Aparte Único del artículo 16 ejusdem.
No hay comentarios:
Publicar un comentario